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Universidad de Chile

Acreditación Nacional y Mercosur de la Carrera de Agronomía

Acreditación Nacional y Mercosur de la Carrera de Agronomía

La Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado, en su octogésima segunda sesión de fecha 4 de mayo de 2004, adoptó la decisión de Acreditar la Carrera de Agronomía de la Facultad de Ciencias Agronómicas en el marco del Mecanismo Experimental de Acreditación MERCOSUR, por el periodo máximo, es decir, cinco años.

La carrera de Ingeniería Agronómica impartida por la Faculatd de Ciencias Agronómicas de la Universidad de Chile fue aprobada por la Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado por un periodo de cinco años. A juicio de la Comisión, la carrera de Agronomía de la Universidad de Chile cuenta con diversas fortalezas, entre las que se destacan:

-"Se encuentra inmersa en un ambiente universitario en el que se desarrolla una actividad de investigación significativa, donde opera con un alto con un alto grado de autonomía".

-"Las actividades de investigación y extensión desarrolladas por la unidad responsable de la carrera, que responden a las necesidades del medio y contribuyen a la calidad de la docencia impartida".

-"El perfil profesional, que está claramente definido y concuerda con los requisitos establecidos en el Mecanismo Experimental de Acreditación MERCOSUR para las carreras de Agronomía".

-"Los propósitos, metas y objetivos de la unidad, que se encuentran claramente definidos".

-"La calidad de los alumnos que ingresan a la carrera".

-"Las calificaciones del cuerpo docente, su cohesión y el ambiente de trabajo académico que se aprecia en la unidad".

-"El desarrollo de actividades de investigación en la unidad, que hacen posible el desarrollo de una enseñanza científico-práctica, acorde con los propósitos declarados de la carrera".

-" La calidad y relevancia de la estación experimental para las actividades de docencia e investigación".

 

Esta aprobación se suma a la acreditación obtenida por parte de la Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado de las Universidades del Consejo de Rectores, por el período máximo (7 años).