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Primer semestre 2025
La presente convocatoria tiene como propósito formalizar el proceso de incorporación y desempeño de las y los estudiantes de colaboración académica a las actividades de docencia en Pregrado para las Escuelas de Cine y Televisión y Periodismo, incluyendo Formación Básica.
La presente convocatoria tiene como propósito formalizar el proceso de incorporación y desempeño de las y los estudiantes de colaboración académica a las actividades de docencia en Pregrado para las Escuelas de Cine y Televisión y Periodismo, incluyendo Formación Básica.
Tradicionalmente esta figura ha sido denominada ayudantes de cátedra. Sin embargo, de acuerdo con el Reglamento General de la Carrera Académica de la Universidad de Chile, se explicita que quienes están en la jerarquía de ayudantes deben estar en posesión de un título profesional o grado académico de licenciado, magíster o doctor y además ganar un concurso público que se convoque para tal efecto. De esta forma, la denominación no coincide con el perfil que hasta el momento ha desempeñado la mayoría de los ayudantes, y por lo tanto, se denominará becario/a de colaboración académica.
El/la becario/a asume una colaboración académica tutorada por el/la profesor/a de la asignatura. El/la becario/a puede colaborar académicamente tanto en los cursos de Formación Especializada como en los cursos de Formación Básica de las carreras de Periodismo y Cine y Televisión.
Se entiende por docente tutor/a al docente responsable de una asignatura en la Facultad de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile que solicite la participación de un/a becario/a de colaboración académica.
Se busca promover que el/la becario/a de colaboración académica participe de las actividades de la cátedra de acuerdo a la compatibilidad de tiempo con sus actividades curriculares. Esta colaboración académica no debe en ningún caso interferir con el desarrollo normal del plan de estudios del Programa o Escuela correspondiente, ni constituirán atenuante ante el incumplimiento de sus obligaciones curriculares.
Las funciones del/la becario/a de colaboración académica pueden incluir las siguientes:
Sus funciones no incluyen:
El/la docente tutor/a debe formar y supervisar a cada becario/a de colaboración académica desde su incorporación a la asignatura hasta el final de la misma. Para ello, debe entregar los insumos necesarios para el conocimiento de la propuesta educativa del curso e incorporarlo en el diseño y elaboración de las actividades previstas en la programación semestral del curso que debe presentar a inicios del semestre académico. Esto supone el trabajo coordinado y la supervisión sistemática.
El o la becario/a de colaboración académica debe haber aprobado, a lo menos, el equivalente a cuatro semestres del Plan de Estudios de la carrera que esté cursando, o el primer semestre en el caso de cursar un programa de postgrado. Además, debe tener matrícula vigente, y estar al día en los pagos de matrícula.
Para postular, el o la estudiante debe haber aprobado las asignaturas relacionadas al área en que postula del semestre anterior evaluado con excelente rendimiento académico (nota mínima de postulación 5.5).
No podrá postular a más de dos colaboraciones por semestre.
Si el/la becario/a ha tenido una evaluación satisfactoria y con el/la docente tutor están interesados en continuar trabajando juntos en el semestre siguiente, deberá postular en igualdad de condiciones y cumplir con los mismos requisitos solicitados.
Se establecerá un pago para los/las becarios/as de colaboración académica de acuerdo a la regulación interna de la Facultad de Comunicación e Imagen y el marco del Decreto Universitario N° 002033 de 1987. Este corresponderá a cuatro unidades de beca mensuales por curso (cada unidad de beca corresponde al 20% del valor de la UTM del mes de enero del año que corresponda).
Una vez recibidas las solicitudes de los/las docentes, el Comité de Becas procederá a llamar a concurso abierto a los/las estudiantes. Esto se informará por medio de la página web y redes sociales de la FCEI y a través del Centro de Estudiantes (CECO) y la Dirección de Asuntos Estudiantiles (DAEC).
La convocatoria informará de:
El/la estudiante que cumpla los requisitos puede postular presentando los siguientes documentos en un solo archivo PDF:
Una vez que el Comité de Becas haya revisado si las postulaciones cumplen con los requisitos iniciales (documentación presentada y matrícula vigente, y estar al día en los pagos de matrícula y situación académica), la documentación de los/las aspirantes a cada curso será enviada al/la docente correspondiente.
El/la docente seleccionará al/la becario/a sobre la base de la revisión de la documentación aportada, los requisitos de postulación y las calificaciones. Además, el/la docente podrá convocar a una entrevista personal al/la postulante si así lo requiere.
Completado el proceso de selección, el/la docente debe informar al Comité de Becas el nombre de el/la postulante seleccionado/a.
Semestre | Apertura de convocatoria | Cierre de convocatoria | Revisión de admisibilidad | Evaluación | Publicación de resultados |
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Primer Semestre | Jueves 23 de enero, 2025 | Viernes 28 de febrero, 2025 | Lunes 3 y martes 4 de marzo de 2025 | Miércoles 5 y jueves 6 de marzo de 2025 | Viernes 7 de marzo de 2025 |
Los antecedentes deben ser enviados en un único documento en versión PDF a: