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Universidad de Chile

Reglamento Interno de Práctica Profesional de la Carrera de Cine y TV

Extracto del reglamento general de estudios de pregrado ICEI.

Artículo 13 

El Plan de Formación conducente al Título Profesional, contempla la realización de la Práctica Profesional como actividad curricular obligatoria para quienes optan al Título Profesional de Realización en Cine y Televisión.

El objetivo fundamental de la Práctica Profesional es poner a las/os estudiantes, en contacto con el medio laboral profesional, para aplicar y poner en práctica los conocimientos, métodos, técnicas, creatividad y destrezas adquiridas a lo largo del Plan de Formación.

Para el cumplimiento de este requisito, se entenderá como medio laboral profesional, a toda entidad que desarrolle y/o produzca materialidad audiovisual, tales como medios de comunicación, empresas productoras, instituciones y organismos formales que contengan áreas audiovisuales, entre otras.

Podrán iniciar el periodo de inscripción de la Práctica Profesional las/os estudiantes que hayan completado el Plan de Formación hasta el quinto semestre. Dicho periodo tendrá como plazo máximo para concluir la Práctica Profesional el décimo semestre del Plan de Formación.

La Práctica Profesional considera un mínimo de 486 horas para su aprobación.

Para favorecer la realización de la Práctica Profesional, se distinguen dos ámbitos posibles de desarrollo: interna y externa. Por práctica profesional interna se entenderá toda práctica subordinada y realizada al interior de la propia universidad. Por su parte, las prácticas profesionales externas serán todas aquellas realizadas bajo subordinación en instituciones, empresas y organismos independientes antes descritos.

Podrán ser reconocidas como prácticas profesionales internas aquellas que cumplan con un mínimo de 81 horas de dedicación y cuyo máximo posible de reconocimiento será de 162 horas del total de la Práctica Profesional.

La inscripción y realización de la Práctica Profesional deberá ser autorizada mediante un “Pase de Práctica” entregado por el/la jefe/a de carrera.

La evaluación y calificación final de la Práctica Profesional será consignada por el/la jefe/a de carrera, quien considerará el informe de práctica de la/el estudiante emitido por la entidad correspondiente y también el informe de autoevaluación de la/el estudiante, cuyo sentido consistirá en la apreciación y valoración de lo aprendido durante su periodo de práctica, en relación con las competencias adquiridas en su Plan de Formación.

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